El contrato para la formación y el aprendizaje tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores, en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa, con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.
Que no tengan cualificación para un contrato en prácticas y con una edad entre 16 y 25 años (menores de 30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%). No hay limite de edad para personas con discapacidad, colectivos de exclusión social en empresas de inserción y alumnos de Escuelas-Taller, Casas de Oficio Talleres de Empleo y Programas de Empleo-Formación.
Reducción de las cuotas empresariales al 100% para empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para empresas de más de 250 trabajadores *(Rigen las limitaciones de la Sección I del Capítulo I de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre) y la financiación de la formación: Bonificaciones en las cuotas empresariales (Variables según las horas de jornada laboral)
Actividad laboral | Actividad formativa | |
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Primer año | 75% | 25% |
Segundo año | 85% | 15% |
Tercer año | 85% | 15% |
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